Los Incoterms son términos comerciales internacionalmente reconocidos que definen las responsabilidades del comprador y del vendedor en una transacción comercial. Uno de los Incoterms más comunes y versátiles es el FCA (Free Carrier). En este artículo, analizaremos en detalle el Incoterm FCA y cómo se aplica en diferentes situaciones comerciales.
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El término Free Carrier o Franco a transportista en español, hace referencia a una situación en la que el vendedor entrega los bienes al transportista o a otra persona designada por el comprador en el lugar acordado.
El vendedor es responsable de los costos y riesgos asociados hasta la entrega de los bienes ya sea en sus instalaciones y cargada en el vehículo de recogida o entregarla en otras instalaciones (usualmente el almacén de un transportista, aeropuerto o terminal de contenedores) sin llegar a descargar la mercancía de su vehículo de recogida. A partir de ese momento, la responsabilidad y los riesgos se transfieren al comprador.
Es responsabilidad del vendedor llevar a cabo los trámites de exportación, mientras que la responsabilidad de realizar los trámites de importación le corresponde al comprador. Además, en el Incoterm FCA, el vendedor es el responsable de entregar la mercancía físicamente con riesgo de transferirla al comprador únicamente cuando se ha realizado la entrega.
Cabe mencionar que esta regla es aplicable al transporte terrestre dentro de la masa continental de Europa y Asia Central. Esto se debe a que comúnmente el vehículo que recoge la mercancía, es el mismo que transportará la carga a su destino final.
Se recomienda usar el Incoterm FCA, (Free Carrier en lugardeFOB Free On Board), especialmente en envíos de contenedores a través del océano. Sin embargo, en la práctica esto resulta completamente inviable. Es decir, en este tipo de envíos, el comprador solo está dispuesto asumir el riesgo de daño o pérdida de la mercancía, cuando realmente ha sido exportada.
En otras palabras, el comprador no quiere tener que lidiar con ningún problema en el país exportador.
Sí se acuerda en el contrato, el comprador está obligado a instruir a su transportista para que emita una factura de embarque a bordo. Pero si bien se pueden tener las mejores intenciones, en realidad no es una disposición bien pensada y al final fallará en su ejecución. Recuerda que el vendedor de hecho, no tiene la obligación de colocar la mercancía a bordo.
Por lo tanto, si algo sucediera el momento de la entrega y el embarque, siendo que el comprador asume todos los riesgos, él podría considerar la mercancía como no exportada y rechazaría el pago a pesar de entregar al vendedor una factura de embarque.
Esta nueva disposición se agregó principalmente para tratar las necesidades de cartas de crédito del vendedor. Sin embargo, una consecuencia involuntaria sería que, por lo general, el vendedor terminaría siendo nombrado como remitente en esa factura de embarque.
Es decir, se le impondrían al vendedor responsabilidades que no conocía y no ha aceptado. También es la única disposición en las reglas de Incoterms 2020 que requiere que una parte instruya a un transportista, pero no le da una solución directa a la otra parte si el transportista no actúa en consecuencia. Veamos un resumen:
Responsabilidades del vendedor en el Incoterm FCA
Las responsabilidades del vendedor en una transacción FCA incluyen:
Preparar los bienes: El vendedor debe preparar y empaquetar los bienes de acuerdo con las especificaciones del contrato y asegurarse de que estén listos para su transporte en la fecha acordada.
Entrega de los bienes: El vendedor debe entregar los bienes al transportista o a la persona designada por el comprador en el lugar acordado.
Trámites aduaneros de exportación: El vendedor es responsable de realizar y pagar los trámites aduaneros de exportación.
Responsabilidades del comprador en el Incoterm FCA
Las responsabilidades del comprador en una transacción FCA incluyen:
Transporte: El comprador debe organizar y pagar el transporte de los bienes desde el lugar de entrega hasta su destino final.
Designación del transportista: El comprador debe designar un transportista o una persona encargada de recoger los bienes en el lugar acordado.
Trámites aduaneros: El comprador debe realizar y pagar los trámites aduaneros de importación, así como cualquier otro trámite relacionado con la transacción.
Seguro: El comprador debe contratar y pagar un seguro para los bienes durante el transporte, si así lo desea.
¿Cuándo utilizar el Incoterm FCA?
El Incoterm FCA es especialmente adecuado en las siguientes situaciones:
Transacciones multimodales: El FCA es aplicable en transacciones que involucran varios modos de transporte, como transporte terrestre, marítimo, aéreo o ferroviario.
Compradores experimentados: Si el comprador tiene experiencia en la gestión de trámites aduaneros y de transporte, el FCA puede ser una opción atractiva, ya que permite un mayor control sobre estos procesos.
Control de costos: En casos en que el comprador desea mantener el control sobre los costos de transporte y logística, el FCA es una opción adecuada.
Incoterm 2020 FCA: Obligaciones de vendedor y comprador
FCA A1/B1: Obligaciones generales
A1 (Obligaciones generales) – Vendedor: En todos los Incoterms 2020, el vendedor debe proporcionar la mercancía y su factura comercial según lo requerido por el contrato de venta.
También debe proporcionar cualquier otra evidencia de conformidad, como un certificado de sanidad, origen, etc. Es decir, cualquier documentación que pueda ser relevante y que se encuentre especificada en el contrato.
En los Incoterms también se establece que toda la documentación se puede presentar en papel o en algún tipo de forma electrónico. Todo ello acorde a lo estipulado en el contrato, incluso si en el mismo no se menciona nada de esto, como habitualmente sucede
El problema es que las reglas no definen con claridad qué es “formato electrónico”. En consecuencia, este tipo de documento podría ser cualquier cosa, desde un archivo PDF, blockchain o incluso alguno formato que todavía no ha sido desarrollado.
B1 (Obligaciones generales) – Comprador: En cada uno de los Incoterms, es el comprador quien debe pagar el precio de la mercancía según lo establecido en el contrato de venta.
No obstante, las reglas no hacen referencia a en qué momento debe realizarse el pago. Por lo tanto no está claro si:
¿El pago debe hacerse antes del envío?
¿Se debe pagar inmediatamente después del envío?
¿Es posible pagar 30 días después del envío?
¿Se puede pagar la mitad ahora y la otra mitad después?
Además, tampoco está muy claro cuál es la forma de pago aceptable. Puede ser mediante prepago, a través de un contra correo electrónico de documentos copa, o presentando la documentación a un banco bajo una carta de crédito.
Por lo tanto, para evitar confusiones, todos estos detalles deben especificarse con claridad en el contrato.
FCA A2/B2: Entrega
A2 (entrega) – Vendedor: El vendedor puede hacer la entrega de una de dos maneras:
Si el lugar designado es el local del vendedor, la entrega se realiza cuando la mercancía haya sido cargada en el medio de transporte proporcionado por el comprador. Si la mercancía se carga en un contenedor en la parte trasera del vehículo, es razonable esperar que el vendedor la amarre y asegure. Al igual que en Incoterm 2020 EXW, el vendedor deberá informar al comprador sobre cualquier ubicación específica, como su propio almacén, fabricante contratado o un muelle de carga en particular. Cualquier restricción en el sitio también debe ser informada.
Si el lugar designado no es el local del vendedor, entonces la entrega se realiza cuando el vendedor coloca el vehículo con la mercancía en el sitio acordado, pero no la descarga.
Obviamente no se espera que el vendedor proporcione los medios para descargar la mercancía.
Esta entrega debe hacerse en:
La fecha acordada
En el momento designado por el comprador dentro del período acordado
En su defecto, al final del período acordado. ¿Por qué al final? Porque antes de eso, el comprador todavía puede informar al vendedor sobre el tiempo deseado dentro del período acordado.
B2 (entrega) – Comprador: La única obligación del comprador en la entrega es recibir la mercancía cuando esta ha sido entregada tal y como se describe en A2.
Hay que tener en cuenta que esta regla no menciona nada acerca de los medios de transporte. Solo hace referencia al transportista independientemente de la manera en que organizará el transporte de la mercancía.
FCA A3/B3: Transferencia del riesgo
A3 (Transferencia de riesgo) – Vendedor: En todos los Incoterms, en especial en el Incoterm 2020 FCA, es el vendedor quien asume todos los riesgos tanto de pérdida, como de daño de la mercancía. Esto es hasta que la mercancía haya sido entregada tal y como se describe en A2.
Lo contrario sería cuando la pérdida o daño sucede en las circunstancias descritas en B3, lo cual varía según el rol que asume el comprador en B2.
B3 (Transferencia de riesgo) – Comprador: El comprador asume todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía una vez que el vendedor entrega la carga tal y como se describe en A2.
Si el comprador no hace que su transportista u otra persona entregue el aviso requerido bajo B2, o esa persona no recoge la mercancía del vendedor, entonces el comprador asume todos los riesgos.
FCA A4/B4: Transporte
A4 (Transporte) – Vendedor: El comprador no está obligado a organizar el transporte de la mercancía. Pero sí está obligado a brindar al comprador información sobre requisitos de seguridad. El vendedor es responsable por cualquier requisito de seguridad en el transporte, solo hasta la entrega.
B4 (Transporte) – Comprador: El comprador debe organizar el transporte de la mercancía asumiendo los costos desde el lugar de entrega designado. El contrato de transporte también debe especificar dónde comienza el transporte.
FCA A5/B5: Seguro
A5 (seguro) – Vendedor: El riesgo del vendedor no va más allá del punto de entrega. Es decir, no está obligado a contratar un seguro. Si el comprador lo solicita, será bajo su riesgo y costo. Lo ideal es que el vendedor contrate un seguro marítimo para protegerse en caso de que la mercancía se dañe o se pierda en el trayecto y que el comprador no quiera pagar.
B5 (seguro) – Comprador: El comprador no está obligado a asegurar la mercancía. Si decide hacerlo, será su responsabilidad.
FCA A6/B6: Entrega, transporte y documentación
A6 (documento de entrega / transporte) – Vendedor: Asumiendo el costo, el vendedor está obligado a proporcionar al comprador la prueba habitual que acredita la entrega de la mercancía según lo descrito en A2.
Si el comprador lo solicita, el vendedor debe ayudar al comprador, a riesgo y costo del comprador, a obtener un documento de transporte.
B6 (documento de entrega / transporte) – Comprador: El comprador debe aceptar la prueba provista por el vendedor de que la mercancía ha sido entregada como se describe en A2.
FCA A7/B7: Despacho de exportación / importación
A7 (despacho de exportación / importación) – Vendedor: De ser necesario, el vendedor debe realizar los trámites de despacho de exportación que se requieran en el país de exportación. Por todo esto, el asumirá los riesgos y los gastos.
No está obligado a conseguir ninguna autorización de tránsito o exportación. Si el comprador lo solicita, se hará bajo su propio riesgo y costo.
B7 (despacho de exportación / importación) – Comprador: De ser necesario, el comprador ayudará al vendedor a solicitud, riesgo y costo del vendedor, a obtener la documentación requerida por el país de exportación.
En su caso, el comprador debe realizar y pagar todas las formalidades requeridas por cualquier país de tránsito y de importación.
Como aclaración: el vendedor es responsable si es un requisito del país de exportación, y el comprador es responsable si es un requisito del país de tránsito o importación.
FCA A8/B8: Comprobación / Embalaje / Marcado
A8 (Comprobación / Embalaje / Marcado) – Vendedor: El vendedor asume todos los costos de cualquier operación de verificación para la entrega de la mercancía. Esto incluye verificar la calidad, medir, empacar, pesar o contar la mercancía.
El vendedor también asume el costo de empaquetar la mercancía, a menos que se trate de mercancía a granel.
B8 (Comprobación / Embalaje / Marcado) – Comprador: El comprador no tiene obligación alguna con el vendedor en lo que respecta al embalaje y al marcado. Si el comprador proporciona al vendedor etiquetas, logotipos o similares, la situación cambia.
FCA A9/B9: Asignación de costos
A9 (Asignación de costos) – Vendedor: El vendedor asume los costos hasta que la mercancía haya sido entregada según lo descrito en A2. Sin embargo, no es responsable de los costos que el comprador debe pagar tal y como se indica en B9.
También asume el costo de la prueba habitual de la entrega de mercancía, así como los costos de aranceles e impuestos de importación.
B9 (Asignación de costos) – Comprador: El comprador debe pagar al vendedor todos los costos relacionados con la mercancía desde el momento de su entrega. Estos costos son distintos de los que debe pagar el vendedor.
Si el comprador solicita al vendedor apoyo para obtener la documentación necesaria para el transporte, el comprador deberá reembolsar los gastos al vendedor.
FCA A10/B10: Avisos
A10 (Avisos) – Vendedor: El vendedor debe notificar al comprador con suficiente antelación que la mercancía ha sido entregada o que el transportista u otra persona no han recibido la entrega dentro del tiempo acordado.
B10 (Avisos)- Comprador: El comprador debe notificar al vendedor los datos de contacto y ubicación del transportista para que pueda entregar y realizar cualquier trámite de exportación.
Ventajas y desventajas del Incoterm FCA
Ventajas:
Para el vendedor: El FCA es beneficioso para el vendedor, ya que le permite mantener el control sobre los bienes hasta que estén entregados al transportista designado y limita su responsabilidad en el transporte.
Para el comprador: El comprador tiene un mayor control sobre el transporte y los costos asociados desde el momento en que los bienes son entregados al transportista.
Desventajas:
Para el vendedor: El vendedor puede enfrentar dificultades si hay problemas en el lugar de entrega, como demoras o costos adicionales.
Para el comprador: El comprador asume una mayor responsabilidad y riesgo en el transporte desde el momento en que los bienes son entregados al transportista, lo que puede resultar en costos adicionales si no se manejan adecuadamente los trámites aduaneros y de transporte.
Alternativas al Incoterm FCA
Si el Incoterm FCA no se ajusta a las necesidades específicas de una transacción, existen otros Incoterms que pueden ser más apropiados. Algunas alternativas incluyen:
EXW (Ex Works): En este Incoterm, el vendedor se encarga de poner los bienes a disposición del comprador en sus instalaciones o en otro lugar acordado, y el comprador es responsable de organizar y pagar el transporte y los trámites aduaneros.
CPT (Carriage Paid To): En este Incoterm, el vendedor se encarga del transporte y los costos hasta el lugar de destino designado, pero el riesgo se transfiere al comprador una vez que los bienes han sido entregados al transportista.
El Incoterm FCA es una opción útil en transacciones comerciales que involucran transporte multimodal y permite a ambas partes mantener el control sobre sus respectivas responsabilidades y costos. Sin embargo, también conlleva riesgos y responsabilidades adicionales para el comprador, lo que puede no ser adecuado en todas las situaciones. Al elegir el Incoterm adecuado para una transacción, es importante considerar las necesidades y capacidades específicas de ambas partes, así como las características del producto y la logística involucrada.
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Más de 4000 descargas desde su lanzamiento. En esta guía encontrarás toda la información actualizada y resumida sobre los Incoterms 2020, para que puedas entender y aplicar correctamente estas reglas comerciales internacionales.
Aviso legal: Incoterms es una marca registrada de la Cámara de Comercio Internacional. Las descripciones de los reglamentos de los Incoterms no son definitivas, pero son nuestra interpretación y se han creado con la máxima diligencia posible y de buena fe. Si usted está utilizando los Incoterms en sus transacciones debe comprar la última edición de las regulaciones de los Incoterms.
Incoterm FCA (Free Carrier) 2020 | ¿Qué es y cuándo utilizarlo?
Los Incoterms son términos comerciales internacionalmente reconocidos que definen las responsabilidades del comprador y del vendedor en una transacción comercial. Uno de los Incoterms más comunes y versátiles es el FCA (Free Carrier). En este artículo, analizaremos en detalle el Incoterm FCA y cómo se aplica en diferentes situaciones comerciales.
¿Qué es el Incoterm FCA (Free Carrier)?
El término Free Carrier o Franco a transportista en español, hace referencia a una situación en la que el vendedor entrega los bienes al transportista o a otra persona designada por el comprador en el lugar acordado.
El vendedor es responsable de los costos y riesgos asociados hasta la entrega de los bienes ya sea en sus instalaciones y cargada en el vehículo de recogida o entregarla en otras instalaciones (usualmente el almacén de un transportista, aeropuerto o terminal de contenedores) sin llegar a descargar la mercancía de su vehículo de recogida. A partir de ese momento, la responsabilidad y los riesgos se transfieren al comprador.
Es responsabilidad del vendedor llevar a cabo los trámites de exportación, mientras que la responsabilidad de realizar los trámites de importación le corresponde al comprador. Además, en el Incoterm FCA, el vendedor es el responsable de entregar la mercancía físicamente con riesgo de transferirla al comprador únicamente cuando se ha realizado la entrega.
Cabe mencionar que esta regla es aplicable al transporte terrestre dentro de la masa continental de Europa y Asia Central. Esto se debe a que comúnmente el vehículo que recoge la mercancía, es el mismo que transportará la carga a su destino final.
Se recomienda usar el Incoterm FCA, (Free Carrier en lugar de FOB Free On Board), especialmente en envíos de contenedores a través del océano. Sin embargo, en la práctica esto resulta completamente inviable. Es decir, en este tipo de envíos, el comprador solo está dispuesto asumir el riesgo de daño o pérdida de la mercancía, cuando realmente ha sido exportada.
En otras palabras, el comprador no quiere tener que lidiar con ningún problema en el país exportador.
Además, en Incoterms 2020 se introdujo una nueva obligación para el comprador.
Sí se acuerda en el contrato, el comprador está obligado a instruir a su transportista para que emita una factura de embarque a bordo. Pero si bien se pueden tener las mejores intenciones, en realidad no es una disposición bien pensada y al final fallará en su ejecución. Recuerda que el vendedor de hecho, no tiene la obligación de colocar la mercancía a bordo.
Por lo tanto, si algo sucediera el momento de la entrega y el embarque, siendo que el comprador asume todos los riesgos, él podría considerar la mercancía como no exportada y rechazaría el pago a pesar de entregar al vendedor una factura de embarque.
Esta nueva disposición se agregó principalmente para tratar las necesidades de cartas de crédito del vendedor. Sin embargo, una consecuencia involuntaria sería que, por lo general, el vendedor terminaría siendo nombrado como remitente en esa factura de embarque.
Es decir, se le impondrían al vendedor responsabilidades que no conocía y no ha aceptado. También es la única disposición en las reglas de Incoterms 2020 que requiere que una parte instruya a un transportista, pero no le da una solución directa a la otra parte si el transportista no actúa en consecuencia. Veamos un resumen:
Responsabilidades del vendedor en el Incoterm FCA
Las responsabilidades del vendedor en una transacción FCA incluyen:
Responsabilidades del comprador en el Incoterm FCA
Las responsabilidades del comprador en una transacción FCA incluyen:
¿Cuándo utilizar el Incoterm FCA?
El Incoterm FCA es especialmente adecuado en las siguientes situaciones:
Incoterm 2020 FCA: Obligaciones de vendedor y comprador
FCA A1/B1: Obligaciones generales
A1 (Obligaciones generales) – Vendedor: En todos los Incoterms 2020, el vendedor debe proporcionar la mercancía y su factura comercial según lo requerido por el contrato de venta.
También debe proporcionar cualquier otra evidencia de conformidad, como un certificado de sanidad, origen, etc. Es decir, cualquier documentación que pueda ser relevante y que se encuentre especificada en el contrato.
En los Incoterms también se establece que toda la documentación se puede presentar en papel o en algún tipo de forma electrónico. Todo ello acorde a lo estipulado en el contrato, incluso si en el mismo no se menciona nada de esto, como habitualmente sucede
El problema es que las reglas no definen con claridad qué es “formato electrónico”. En consecuencia, este tipo de documento podría ser cualquier cosa, desde un archivo PDF, blockchain o incluso alguno formato que todavía no ha sido desarrollado.
B1 (Obligaciones generales) – Comprador: En cada uno de los Incoterms, es el comprador quien debe pagar el precio de la mercancía según lo establecido en el contrato de venta.
No obstante, las reglas no hacen referencia a en qué momento debe realizarse el pago. Por lo tanto no está claro si:
Además, tampoco está muy claro cuál es la forma de pago aceptable. Puede ser mediante prepago, a través de un contra correo electrónico de documentos copa, o presentando la documentación a un banco bajo una carta de crédito.
Por lo tanto, para evitar confusiones, todos estos detalles deben especificarse con claridad en el contrato.
FCA A2/B2: Entrega
A2 (entrega) – Vendedor: El vendedor puede hacer la entrega de una de dos maneras:
Obviamente no se espera que el vendedor proporcione los medios para descargar la mercancía.
Esta entrega debe hacerse en:
B2 (entrega) – Comprador: La única obligación del comprador en la entrega es recibir la mercancía cuando esta ha sido entregada tal y como se describe en A2.
Hay que tener en cuenta que esta regla no menciona nada acerca de los medios de transporte. Solo hace referencia al transportista independientemente de la manera en que organizará el transporte de la mercancía.
FCA A3/B3: Transferencia del riesgo
A3 (Transferencia de riesgo) – Vendedor: En todos los Incoterms, en especial en el Incoterm 2020 FCA, es el vendedor quien asume todos los riesgos tanto de pérdida, como de daño de la mercancía. Esto es hasta que la mercancía haya sido entregada tal y como se describe en A2.
Lo contrario sería cuando la pérdida o daño sucede en las circunstancias descritas en B3, lo cual varía según el rol que asume el comprador en B2.
B3 (Transferencia de riesgo) – Comprador: El comprador asume todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía una vez que el vendedor entrega la carga tal y como se describe en A2.
Si el comprador no hace que su transportista u otra persona entregue el aviso requerido bajo B2, o esa persona no recoge la mercancía del vendedor, entonces el comprador asume todos los riesgos.
FCA A4/B4: Transporte
A4 (Transporte) – Vendedor: El comprador no está obligado a organizar el transporte de la mercancía. Pero sí está obligado a brindar al comprador información sobre requisitos de seguridad. El vendedor es responsable por cualquier requisito de seguridad en el transporte, solo hasta la entrega.
B4 (Transporte) – Comprador: El comprador debe organizar el transporte de la mercancía asumiendo los costos desde el lugar de entrega designado. El contrato de transporte también debe especificar dónde comienza el transporte.
FCA A5/B5: Seguro
A5 (seguro) – Vendedor: El riesgo del vendedor no va más allá del punto de entrega. Es decir, no está obligado a contratar un seguro. Si el comprador lo solicita, será bajo su riesgo y costo. Lo ideal es que el vendedor contrate un seguro marítimo para protegerse en caso de que la mercancía se dañe o se pierda en el trayecto y que el comprador no quiera pagar.
B5 (seguro) – Comprador: El comprador no está obligado a asegurar la mercancía. Si decide hacerlo, será su responsabilidad.
FCA A6/B6: Entrega, transporte y documentación
A6 (documento de entrega / transporte) – Vendedor: Asumiendo el costo, el vendedor está obligado a proporcionar al comprador la prueba habitual que acredita la entrega de la mercancía según lo descrito en A2.
Si el comprador lo solicita, el vendedor debe ayudar al comprador, a riesgo y costo del comprador, a obtener un documento de transporte.
B6 (documento de entrega / transporte) – Comprador: El comprador debe aceptar la prueba provista por el vendedor de que la mercancía ha sido entregada como se describe en A2.
FCA A7/B7: Despacho de exportación / importación
A7 (despacho de exportación / importación) – Vendedor: De ser necesario, el vendedor debe realizar los trámites de despacho de exportación que se requieran en el país de exportación. Por todo esto, el asumirá los riesgos y los gastos.
No está obligado a conseguir ninguna autorización de tránsito o exportación. Si el comprador lo solicita, se hará bajo su propio riesgo y costo.
B7 (despacho de exportación / importación) – Comprador: De ser necesario, el comprador ayudará al vendedor a solicitud, riesgo y costo del vendedor, a obtener la documentación requerida por el país de exportación.
En su caso, el comprador debe realizar y pagar todas las formalidades requeridas por cualquier país de tránsito y de importación.
Como aclaración: el vendedor es responsable si es un requisito del país de exportación, y el comprador es responsable si es un requisito del país de tránsito o importación.
FCA A8/B8: Comprobación / Embalaje / Marcado
A8 (Comprobación / Embalaje / Marcado) – Vendedor: El vendedor asume todos los costos de cualquier operación de verificación para la entrega de la mercancía. Esto incluye verificar la calidad, medir, empacar, pesar o contar la mercancía.
El vendedor también asume el costo de empaquetar la mercancía, a menos que se trate de mercancía a granel.
B8 (Comprobación / Embalaje / Marcado) – Comprador: El comprador no tiene obligación alguna con el vendedor en lo que respecta al embalaje y al marcado. Si el comprador proporciona al vendedor etiquetas, logotipos o similares, la situación cambia.
FCA A9/B9: Asignación de costos
A9 (Asignación de costos) – Vendedor: El vendedor asume los costos hasta que la mercancía haya sido entregada según lo descrito en A2. Sin embargo, no es responsable de los costos que el comprador debe pagar tal y como se indica en B9.
También asume el costo de la prueba habitual de la entrega de mercancía, así como los costos de aranceles e impuestos de importación.
B9 (Asignación de costos) – Comprador: El comprador debe pagar al vendedor todos los costos relacionados con la mercancía desde el momento de su entrega. Estos costos son distintos de los que debe pagar el vendedor.
Si el comprador solicita al vendedor apoyo para obtener la documentación necesaria para el transporte, el comprador deberá reembolsar los gastos al vendedor.
FCA A10/B10: Avisos
A10 (Avisos) – Vendedor: El vendedor debe notificar al comprador con suficiente antelación que la mercancía ha sido entregada o que el transportista u otra persona no han recibido la entrega dentro del tiempo acordado.
B10 (Avisos)- Comprador: El comprador debe notificar al vendedor los datos de contacto y ubicación del transportista para que pueda entregar y realizar cualquier trámite de exportación.
Ventajas y desventajas del Incoterm FCA
Ventajas:
Desventajas:
Alternativas al Incoterm FCA
Si el Incoterm FCA no se ajusta a las necesidades específicas de una transacción, existen otros Incoterms que pueden ser más apropiados. Algunas alternativas incluyen:
Conclusión
El Incoterm FCA es una opción útil en transacciones comerciales que involucran transporte multimodal y permite a ambas partes mantener el control sobre sus respectivas responsabilidades y costos. Sin embargo, también conlleva riesgos y responsabilidades adicionales para el comprador, lo que puede no ser adecuado en todas las situaciones. Al elegir el Incoterm adecuado para una transacción, es importante considerar las necesidades y capacidades específicas de ambas partes, así como las características del producto y la logística involucrada.
Aviso legal: Incoterms es una marca registrada de la Cámara de Comercio Internacional. Las descripciones de los reglamentos de los Incoterms no son definitivas, pero son nuestra interpretación y se han creado con la máxima diligencia posible y de buena fe. Si usted está utilizando los Incoterms en sus transacciones debe comprar la última edición de las regulaciones de los Incoterms.