El Real Decreto 387/1996 considera como mercancías peligrosas “todas aquellas sustancias que en caso de accidente durante su transporte, por carretera o ferrocarril, pueden suponer riesgos para la población, los bienes y el medio ambiente”. Si tu empresa se dedica al transporte de mercancías peligrosas en España, a continuación te damos las claves para que operes según la normativa y con toda la seguridad necesaria.
Reglamento nacional para el transporte de mercancías peligrosas TPC
En primer lugar, debes tener en cuenta lo que marca el Reglamento nacional, habitualmente identificado por sus siglas TPC, y del que debemos destacar los siguientes artículos:
Art.39
Este artículo delimita las zonas de tránsito de los vehículos que transporten mercancías peligrosas. Textualmente indica que “por razones de seguridad podrán establecerse restricciones temporales o permanentes a la circulación de vehículos en los que su propia peligrosidad o la de su carga aconsejen su alejamiento de núcleos urbanos, de zonas ambientalmente sensibles o de tramos singulares como puentes o túneles”.
Básicamente este artículo ampara las restricciones al transporte de mercancías peligrosas en muchos puntos, por lo que a la hora de diseñar la ruta de transporte deberás tener muy en cuenta los impedimentos o desvíos por los que optar. Evidentemente como empresario esto genera un coste, pues los desvíos alargan el camino y, en definitiva, aumentan los tiempos de gestión.
Art.48
El texto de este artículo introduce la obligatoriedad para los vehículos con mercancías peligrosas de reducir su velocidad. “…reducirán en 10 km/h la velocidad máxima fijada en función del tipo de vehículo y de la vía por la que circula”. Nuevamente nos encontramos ante una norma que nos obliga a tener en cuenta el tiempo de transporte y el sobrecoste que ello implica.
Art.173
El último artículo clave a la hora de enfrentarse al transporte de mercancías peligrosas es el 173. Este artículo especifica la señalización a incorporar al vehículo de transporte para cumplir con la reglamentación.
Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera ADR
Y además de cumplir con la normativa española, también tenemos que tener en cuenta el acuerdo europeo ADR para el transporte de mercancías peligrosas. Si bien ambas normativas conviven entre sí, el acuerdo ADR es el de mayor jerarquía.
Actualizado cada 2 años
El acuerdo europeo suele ser revisado con una frecuencia de 2 años. De esta manera, el órgano responsable actualiza sus normas y puede incluir alguna nueva limitación. Desde el año 1997, el Comité de Expertos al mando se encarga de publicar un libro con toda la reglamentación necesaria y que puede servir como una guía completa para las empresas del sector. Dicho libro se conoce como el ‘libro naranja’ (debido al color de sus cubiertas).
Asimismo, el acuerdo europeo ADR también puede ser de gran ayuda al contener una enumeración de todas las mercancías peligrosas que pueden ser objeto de transporte en el ámbito nacional e internacional.
Algunas excepciones
Si bien lo más recomendable es tener en cuenta tanto la normativa TPC como la ADR para cualquier transporte de mercancías peligrosas que debamos afrontar, también es interesante conocer que el acuerdo ADR no se aplica a los transportes de mercancías peligrosas efectuados por particulares cuando estén acondicionadas para la venta al por menor y destinadas a uso personal.
Esta excepción podría entenderse como una manera de reducir costes y levantar la presión ante el transporte de mercancías de “relativamente” menor importancia. Aun así, nunca dejará de ser recomendable mantenerse al día con las dos grandes normativas vigentes y aplicarlas en la medida de lo posible. Una mercancía peligrosa siempre es peligrosa, independientemente de su volumen o trayecto a realizar.
Curso intensivo de transporte de mercancías peligrosas
El Real Decreto 387/1996 considera como mercancías peligrosas “todas aquellas sustancias que en caso de accidente durante su transporte, por carretera o ferrocarril, pueden suponer riesgos para la población, los bienes y el medio ambiente”. Si tu empresa se dedica al transporte de mercancías peligrosas en España, a continuación te damos las claves para que operes según la normativa y con toda la seguridad necesaria.
Reglamento nacional para el transporte de mercancías peligrosas TPC
En primer lugar, debes tener en cuenta lo que marca el Reglamento nacional, habitualmente identificado por sus siglas TPC, y del que debemos destacar los siguientes artículos:
Art.39
Este artículo delimita las zonas de tránsito de los vehículos que transporten mercancías peligrosas. Textualmente indica que “por razones de seguridad podrán establecerse restricciones temporales o permanentes a la circulación de vehículos en los que su propia peligrosidad o la de su carga aconsejen su alejamiento de núcleos urbanos, de zonas ambientalmente sensibles o de tramos singulares como puentes o túneles”.
Básicamente este artículo ampara las restricciones al transporte de mercancías peligrosas en muchos puntos, por lo que a la hora de diseñar la ruta de transporte deberás tener muy en cuenta los impedimentos o desvíos por los que optar. Evidentemente como empresario esto genera un coste, pues los desvíos alargan el camino y, en definitiva, aumentan los tiempos de gestión.
Art.48
El texto de este artículo introduce la obligatoriedad para los vehículos con mercancías peligrosas de reducir su velocidad. “…reducirán en 10 km/h la velocidad máxima fijada en función del tipo de vehículo y de la vía por la que circula”. Nuevamente nos encontramos ante una norma que nos obliga a tener en cuenta el tiempo de transporte y el sobrecoste que ello implica.
Art.173
El último artículo clave a la hora de enfrentarse al transporte de mercancías peligrosas es el 173. Este artículo especifica la señalización a incorporar al vehículo de transporte para cumplir con la reglamentación.
Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera ADR
Y además de cumplir con la normativa española, también tenemos que tener en cuenta el acuerdo europeo ADR para el transporte de mercancías peligrosas. Si bien ambas normativas conviven entre sí, el acuerdo ADR es el de mayor jerarquía.
Actualizado cada 2 años
El acuerdo europeo suele ser revisado con una frecuencia de 2 años. De esta manera, el órgano responsable actualiza sus normas y puede incluir alguna nueva limitación. Desde el año 1997, el Comité de Expertos al mando se encarga de publicar un libro con toda la reglamentación necesaria y que puede servir como una guía completa para las empresas del sector. Dicho libro se conoce como el ‘libro naranja’ (debido al color de sus cubiertas).
Asimismo, el acuerdo europeo ADR también puede ser de gran ayuda al contener una enumeración de todas las mercancías peligrosas que pueden ser objeto de transporte en el ámbito nacional e internacional.
Algunas excepciones
Si bien lo más recomendable es tener en cuenta tanto la normativa TPC como la ADR para cualquier transporte de mercancías peligrosas que debamos afrontar, también es interesante conocer que el acuerdo ADR no se aplica a los transportes de mercancías peligrosas efectuados por particulares cuando estén acondicionadas para la venta al por menor y destinadas a uso personal.
Esta excepción podría entenderse como una manera de reducir costes y levantar la presión ante el transporte de mercancías de “relativamente” menor importancia. Aun así, nunca dejará de ser recomendable mantenerse al día con las dos grandes normativas vigentes y aplicarlas en la medida de lo posible. Una mercancía peligrosa siempre es peligrosa, independientemente de su volumen o trayecto a realizar.