Los Incoterms son términos comerciales internacionalmente reconocidos que definen las responsabilidades del comprador y del vendedor en una transacción comercial. El Incoterm CIP (Carriage and Insurance Paid To) es uno de los términos que se aplica a cualquier modo de transporte, incluidos el transporte marítimo, terrestre y aéreo. En este artículo, analizaremos en detalle el Incoterm CIP y cómo se aplica en diferentes situaciones comerciales.
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¿Qué es el Incoterm CIP (Carriage and Insurance Paid To)?
El término Carriage and Insurance Paid To o «Transporte y seguro pagados hasta» en español, hace referencia a una situación en la que el vendedor es responsable de los costos y riesgos asociados con el transporte de los bienes hasta un lugar acordado en el país de destino, así como de contratar y pagar un seguro de transporte en beneficio del comprador.
El vendedor debe pagar el transporte y entregar los bienes al transportista designado en el punto de origen. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador una vez que los bienes han sido entregados al transportista.
En ese sentido, el Incoterm 2020 CIP es similar a CPT, aunque tiene una diferencia muy importante. Esta regla requiere que el vendedor contrate un seguro con cobertura máxima bajo las Institute of Cargo Clauses (A) o (Aérea) o similar, para el riesgo del comprador.
Además, el vendedor está obligado a entregar al comprador cualquier documento de seguro que el comprador requiera en caso de que deba reclamar en virtud de ese seguro.
Responsabilidades del vendedor en el Incoterm CIP
Las responsabilidades del vendedor en una transacción CIP incluyen:
Preparar los bienes: El vendedor debe preparar y empaquetar los bienes de acuerdo con las especificaciones del contrato y asegurarse de que estén listos para su transporte en la fecha acordada.
Entrega de los bienes: El vendedor debe entregar los bienes al transportista designado en el punto de origen acordado.
Trámites aduaneros de exportación: El vendedor es responsable de realizar y pagar los trámites aduaneros de exportación.
Transporte y costos: El vendedor debe pagar los costos de transporte hasta el lugar acordado en el país de destino.
Contratar y pagar el seguro de transporte: El vendedor debe contratar y pagar un seguro de transporte en beneficio del comprador, con una cobertura mínima según las condiciones del contrato.
Responsabilidades del comprador en el Incoterm CIP
Las responsabilidades del comprador en una transacción CIP incluyen:
Trámites aduaneros: El comprador debe realizar y pagar los trámites aduaneros de importación y cualquier otro trámite necesario en el país de destino.
Recoger los bienes: El comprador debe recoger los bienes en el lugar acordado en el país de destino y hacerse cargo de los costos y riesgos asociados con el transporte desde ese punto hasta su destino final.
Notificación al vendedor: El comprador debe notificar al vendedor la fecha y lugar específicos de entrega de los bienes en el país de destino.
¿Cuándo utilizar el Incoterm CIP?
El Incoterm CIP es especialmente útil en situaciones donde:
El comprador y el vendedor desean dividir claramente las responsabilidades y costos del transporte y del seguro.
El vendedor tiene acceso a tarifas de transporte y de seguro competitivas o mejores que las que el comprador podría obtener por sí mismo.
El comprador desea que el vendedor se encargue del transporte de los bienes y del seguro de transporte hasta un punto específico en el país de destino, pero no requiere que el vendedor cubra los riesgos durante todo el trayecto.
El comprador no está familiarizado con las regulaciones y prácticas aduaneras en el país de origen y prefiere que el vendedor se encargue de los trámites aduaneros de exportación.
Incoterm CIP: Obligaciones del vendedor y comprador
CIP A1/B1: Obligaciones generales
A1 (Obligaciones generales) – Vendedor: En cada uno de los once Incoterms, el vendedor debe proporcionar los bienes y su factura comercial según lo requerido por el contrato de venta. Igualmente debe proporcionar cualquier otra evidencia de conformidad.
Esto puede ser un certificado de sanidad o un certificado de origen. Es decir, cualquier documentación que pueda ser relevante y que sea especificada en el contrato.
Además, en todos los Incoterms® 2020 se determina que toda la documentación puede ser en papel o en formato electrónico, incluso si no se especifica en el contrato. El problema es que los Incoterms no definen con claridad el formato electrónico.
En consecuencia se puede utilizar un formato PDF, o incluso un formato electrónico todavía no desarrollado.
B1 (Obligaciones generales)- Comprador:En todos los Incoterms es el comprador quien asume los costes de los bienes, en función de lo establecido en el contrato.
No obstante, los Incoterms no especifican en qué momento debe hacerse dicho pago.
Por lo tanto el comprador podría optar por pagar antes del envío. Pagar inmediatamente después del envío. Incluso podría hacer el pago 30 días después del envío. Tampoco se indica cómo debe realizarse ese pago.
Para evitar confusiones, todos estos detalles deben quedar claramente reflejados en el contrato.
CIP A2/B2: Entrega
A2 (entrega) – Obligaciones del vendedor: El vendedor tiene la obligación de entregar los bienes al transportista contratado. Debe hacerlo en la fecha acordada o dentro del período acordado.
Sin embargo, anteriormente existía confusión en los Incoterms® 2000 respecto al “primer operador», cuando había operadores posteriores.
En la práctica, es habitual que existan varios transportistas contratados por el transportista del vendedor. Esto incluye el transporte que recoge los productos y los lleva a la terminal del aeropuerto.
También puede ser el operador de carga contratado por la aerolínea para mover los productos al avión y cargarlos en él. Incluso la propia aerolínea y la repetición de estos en el otro extremo.
Sin embargo, el transportista contratado para mover la mercancía desde el punto de entrega hasta el destino, es el que más importa.
Lo fundamental es que la entrega se lleva a cabo cuando el vendedor pasa las mercancías a su transportista, no cuando los bienes llegan a su destino.
B2 (entrega)- Obligaciones del comprador: Además de recibir la mercancía cuando se la han entregado al transportista del vendedor, el comprador también debe recibirla físicamente. Lo debe hacer en el lugar destinado o en el lugar de destino.
CIP A3/B3: Transferencia de riesgo
A3 (Transferencia de riesgo)- Vendedor: En todos los Incoterms el vendedor asume cualquier riesgo de pérdida o daño de los bienes hasta que se hayan entregado de acuerdo con descrito anteriormente en A2.
No será así cuando la pérdida o el daño se produzcan en las circunstancias descritas en B3, que además varía en función del rol del comprador en A2.
B3 (Transferencia de riesgo) – Comprador:Una vez que el vendedor entrega la mercancía como se describe en A2, el comprador asume todos los riesgos de pérdida o daño.
Además, si el comprador no informa al vendedor el momento en que despacha la mercancía, el comprador asume el riesgo de pérdida o daño.
CIP A4/B4: Transporte
A4 (transporte)- Vendedor: Si se trata de una venta en cadena, el vendedor debe contratar el transporte de la mercancía. De hacerlo, el contrato debe especificar el lugar de entrega, y todo debe hacerse en términos habituales.
Debido a que el vendedor organiza el transporte, tiene que saber si existe un lugar específico en el sitio de destino al que deban transportarse los bienes.
Si no hay tal lugar, es decisión del vendedor seleccionar el punto de entrega que mejor satisfaga su propósito.
Además, cuando la entrega en el destino ocurre luego que el comprador cumple con todas las formalidades de importación, el costo de almacenamiento es para el comprador. Pero esto solo aplica cuando el vendedor le proporcione a tiempo todos los documentos necesarios.
El vendedor también debe cumplir con los requisitos de seguridad relacionados con el transporte durante todo el trayecto hasta el destino.
A4 (transporte)- Comprador: No existe obligación del comprador con el vendedor de contratar un transportista.
CIP A5/B5: Seguro
A5 (seguro) – Vendedor: El vendedor debe contratar un seguro asumiendo el costo, para cubrir los riesgos del comprador. La cobertura debe ser la que proporcionan las Cláusulas de Carga del Instituto LMA / IUA (A) o similar.
Sin embargo, todo dependerá del modo de transporte utilizado, ya que cubre cualquier tipo de riesgos con exclusiones específicas.
El comprador asumirá el costo de una cobertura adicional si la solicita al vendedor. Lo anterior dependerá del modo de transporte, con excepción de que dicha cobertura ya esté incluida.
En cuanto al importe del seguro, debe ser por lo menos 110% del valor de la factura. También debe estar en la divisa de la factura y contrato. La cobertura debe proteger durante el traslado desde el punto de entrega descrito en A2, hasta el lugar de destino.
Por otra parte, el vendedor debe entregar al comprador un contrato individual, donde se especifiquen los detalles del envío. De esta manera el comprador, o cualquier persona interesada en asegurar la mercancía, puedan reclamar a la aseguradora.
Si lo solicita al vendedor, el comprador asumirá los costes y los riesgos de un seguro adicional. .
B5 (seguro) – Comprador: El comprador no tiene obligación con el vendedor de asegurar la mercancía. Incluso entendiendo que el comprador tiene riesgo de pérdida o daño.
A pesar de esto, el comprador debe proporcionar al vendedor toda la información que necesite para contratar un seguro adicional. Siempre y cuando el vendedor lo solicite.
CIP A6/B6: Entrega / transporte y Documento
A6 (Documento de entrega / transporte) – Vendedor: El vendedor debe proporcionar al comprador la documentación de transporte habitual para el transporte contratado en A4.
Como CPT y el Incoterm 2020 CIP cubren cualquier modalidad de transporte, la forma que tome ese documento de transporte dependerá de los modos utilizados. Si los modos incluyen el transporte marítimo, como en las transacciones de FCL o LCL, entonces es habitual que el vendedor obtenga una factura de embarque.
Además, si la factura se emite en forma negociable y en varios originales, entonces se debe presentar al comprador todos estos documentos originales. Se puede hacer a través del banco del vendedor al banco del comprador mediante una carta de crédito.
Si la modalidad de transporte incluye las mercancías que se transportan por vía aérea, generalmente se emitirá una guía aérea. En caso de que se solicite, el vendedor recibirá un «original para el remitente».
Sin embargo, este no es un documento de transporte negociable. El envío por camión puede implicar la emisión de un CMR en Europa. Puede ser simplemente alguna forma de nota de envío o carta de porte del camión, los cuales tampoco son negociables.
El transporte por ferrocarril de manera similar, usualmente estará cubierto por alguna forma de nota de envío ferroviario que igualmente no es negociable.
No solo eso, el documento de transporte debe cubrir el traslado de la mercancía contratado dentro del período acordado para el envío. Si se acuerda, este documento debe permitir al comprador reclamar la mercancía del transportista en el lugar de destino designado.
Y si se trata de una venta en cadena, también debe permitir al comprador vender la mercancía en tránsito a un comprador posterior transfiriendo ese documento. Esto generalmente sería en forma de una factura de embarque negociable.
B6 (Documento de entrega / transporte) – Comprador: Si está de acuerdo con lo establecido en el contrato, el comprador debe aceptar el documento de transporte que proporciona el vendedor.
CIP A7/B7: Despacho de exportación / importación
A7 (despacho de exportación / importación) – Vendedor: Siempre que corresponda, el vendedor debe, asumiendo el riesgo y los gastos, llevar a cabo todos los trámites de despacho de exportación que requiera el país de exportación. Estos incluyen, licencias, autorización de seguridad para exportación, inspección de pre-envío, entre otros.
El incoterm CIP 2020 es adecuado tanto para transacciones nacionales como internacionales.
Sin embargo, el vendedor no está obligado a gestionar ninguna autorización de tránsito o importación. Pero si el comprado lo solicita, asumiendo riesgos y costes, el vendedor debe proporcionar la documentación necesaria para las formalidades que se requieran.
B7 (Liquidación de exportación / importación) – Comprador: El comprador debe ayudar al vendedor, a solicitud, riesgo y costo del vendedor, a conseguir cualquier información o documentación requerida para la exportación.
Por su parte, el comprador debe pagar y realizar todas las formalidades que se requieran en el país de tránsito e importación. Esto incluye tanto licencias, como permisos para el tránsito.
Todo lo anterior es responsabilidad del comprador ya que ocurren después de que el vendedor entrega la mercancía.
Como aclaración, el vendedor es responsable si se trata de un requisito del país de exportación. Por el contrario, si es un requisito del país de tránsito o importación, el responsable es el comprador.
CIP A8/B8: Comprobación/Embalaje y Marcado
A8 (Comprobación / Embalaje / Marcado) – Comprador: En todos los Incoterms, el vendedor asume los costes de cualquier operación de verificación necesaria para la entrega de la mercancía. Esto incluye verificar la calidad, así como medir los bienes, incluso pesarlos, empacarlos y contabilizarlos.
El vendedor también es responsable de empaquetar la mercancía asumiendo el costo. Esto claro a menos que se trata de una mercancía que se vende sin embalaje, como los productos a granel.
Asimismo, el vendedor debe considerar el transporte de la mercancía, así como su correcto empaquetado. Solo en caso que ambas partes hayan acordado en el contrato que la mercancía deba ser empaquetada o marcada de manera específica.
B8 (Comprobación / Embalaje / Marcado) – Vendedor: En todos los Incoterms 2020, el comprador no tiene obligación con el vendedor respecto al empaquetado y marcado de la mercancía. Sin embargo es normal que se acuerden excepciones, principalmente cuando el comprador proporciona al vendedor logotipos o etiquetas.
CIP A9/B9: Asignación de costes
A9 (Asignación de costes) – Comprador: En el caso del incoterm 2020 CIP el vendedor asume todos los costes hasta que la mercancía sea entregada bajo los términos descritos en A2.
Además, los costes que resulten el contrato de transporte, incluyendo los costes de cargar la mercancía, así como cualquier otra garantía relacionada con el transporte. Deben ser cubiertos por el vendedor.
Incluso, los gastos de proporcionar al comprador la prueba de que la mercancía ha sido entregada, también son asumidos por el vendedor.
Si en el contrato de transporte se especifica la descarga en el destino acordado, el vendedor también debe pagarlos. Del mismo modo, cualquier costo de tránsito que se incluya en dicho contrato, igualmente deberá ser asumido por el vendedor.
El vendedor también debe cubrir los gastos relacionados con la prueba habitual de que la mercancía ha sido entregada. Por lo tanto, si el contrato establece que dicha prueba es un documento de transporte. La tarifa del documento del transportista la paga el vendedor.
De hecho, el vendedor también tiene que pagar los gastos, aranceles, así como impuestos de exportación. Esto es cuando corresponda y que estén relacionados con el despacho de exportación. Los costes del seguro los asume el vendedor.
Y si el vendedor solicita al comprador documentación relacionada con el despacho de exportación o el seguro, el vendedor debe pagar al comprador dichos costes.
B9 (Asignación de costes) – Comprador: El comprador está obligado a pagar al vendedor los costes relacionados con la mercancía, a partir del momento en que se entrega. Estos costes son distintos de los que tiene que pagar el vendedor.
Si el comprador solicita apoyo al vendedor para gestionar los trámites de importación, el comprador está obligado a reembolsar estos costes al vendedor.
Además, el comprado también debe asumir los costes de aranceles, impuestos, así como otros gastos para el despacho de importación.
Igualmente, el comprador tiene que pagar los costes de descarga, a menos que el vendedor los haya pagado, en base al contrato de transporte.
De la misma manera, el comprador paga los costes del país de tránsito, a menos que el vendedor ya los haya pagado, en virtud de lo especificado en el contrato de transporte.
CIP A10/B10: Avisos
A10 (Avisos) – Vendedor: El vendedor está obligado a notificar al comprador respecto a la entrega de la mercancía como se describe en A2. También debe dar cualquier aviso que el comprador requiera para recibir la mercancía.
La manera en que se hace esto se establece claramente en el contrato. Es decir, puede ser a través de un correo electrónico, o copias de documentos enviados por correo electrónico.
B10 (Avisos) – Comprador: Si está acordado en el contrato que el comprador tiene derecho a determinar el tiempo para que el vendedor entregue la mercancía. El comprador debe notificar al vendedor con suficiente tiempo.
En el contrato usualmente se especifica cuánto tiempo se debe dar, lo cual puede variar en función de la modalidad de transporte.
Ventajas y desventajas del Incoterm CIP
A continuación, se presentan algunas ventajas y desventajas de utilizar el Incoterm CIP en una transacción comercial.
Ventajas del Incoterm CIP
Claridad en las responsabilidades: Al igual que otros Incoterms, el CIP establece claramente las responsabilidades de cada parte en la transacción, lo que puede evitar malentendidos y disputas.
Cobertura del seguro de transporte: El vendedor es responsable de contratar y pagar el seguro de transporte en beneficio del comprador, lo que proporciona al comprador una protección adicional en caso de pérdida o daños durante el transporte.
Flexibilidad: El Incoterm CIP es aplicable a cualquier modo de transporte, lo que lo hace adecuado para una amplia variedad de transacciones comerciales.
Menos trabajo para el comprador: El vendedor se encarga de organizar el transporte y el seguro, lo que puede ahorrar tiempo y esfuerzo al comprador.
Desventajas del Incoterm CIP
Costos adicionales: El comprador puede enfrentar costos adicionales si el vendedor no contrata un seguro de transporte adecuado o si los bienes requieren un seguro de transporte especializado.
Riesgo temprano: El riesgo se transfiere al comprador tan pronto como los bienes son entregados al transportista en el país de origen, lo que significa que el comprador asume la responsabilidad por cualquier pérdida o daño que ocurra después de ese punto.
Menor control para el comprador: Debido a que el vendedor se encarga de organizar el transporte y el seguro, el comprador puede tener menos control sobre estos aspectos de la transacción.
Trámites aduaneros: El comprador es responsable de los trámites aduaneros de importación, lo que puede resultar en costos y tiempo adicionales si no está familiarizado con las regulaciones y prácticas en el país de destino.
Alternativas al Incoterm CIP
Existen varias alternativas al Incoterm CIP que pueden ser más apropiadas dependiendo de las circunstancias específicas de la transacción. Algunas de estas alternativas incluyen:
Incoterm CPT (Carriage Paid To): Este término es similar al CIP, pero el vendedor no es responsable de contratar y pagar el seguro de transporte. El riesgo se transfiere al comprador cuando los bienes son entregados al transportista.
Incoterm FCA (Free Carrier): En este término, el vendedor entrega los bienes al transportista designado por el comprador en lugar de contratar y pagar el transporte y el seguro de transporte. El riesgo se transfiere al comprador una vez que los bienes han sido entregados al transportista.
Incoterm DAP (Delivered At Place): El vendedor es responsable de organizar y pagar el transporte de los bienes hasta un lugar específico en el país de destino, pero no es responsable de contratar y pagar el seguro de transporte. El riesgo se transfiere al comprador cuando los bienes están disponibles para su descarga en ese lugar.
Conclusión
El Incoterm CIP es una opción útil en transacciones comerciales que involucren cualquier modo de transporte, ya que permite al vendedor asumir la responsabilidad de organizar y pagar el transporte y el seguro de transporte hasta un punto específico en el país de destino. Sin embargo, es importante evaluar las necesidades específicas de cada transacción y considerar otras alternativas si el CIP no es la opción más adecuada.
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Aviso legal: Incoterms® es una marca registrada de la Cámara de Comercio Internacional. Las descripciones de los reglamentos de los Incoterms® no son definitivas, pero son nuestra interpretación y se han creado con la máxima diligencia posible y de buena fe. Si usted está utilizando los Incoterms® en sus transacciones debe comprar la última edición de las regulaciones de los Incoterms®.
Incoterm CIP (Carriage and insurance paid to) 2020 | ¿Qué es y cuándo utilizarlo?
Los Incoterms son términos comerciales internacionalmente reconocidos que definen las responsabilidades del comprador y del vendedor en una transacción comercial. El Incoterm CIP (Carriage and Insurance Paid To) es uno de los términos que se aplica a cualquier modo de transporte, incluidos el transporte marítimo, terrestre y aéreo. En este artículo, analizaremos en detalle el Incoterm CIP y cómo se aplica en diferentes situaciones comerciales.
¿Qué es el Incoterm CIP (Carriage and Insurance Paid To)?
El término Carriage and Insurance Paid To o «Transporte y seguro pagados hasta» en español, hace referencia a una situación en la que el vendedor es responsable de los costos y riesgos asociados con el transporte de los bienes hasta un lugar acordado en el país de destino, así como de contratar y pagar un seguro de transporte en beneficio del comprador.
El vendedor debe pagar el transporte y entregar los bienes al transportista designado en el punto de origen. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador una vez que los bienes han sido entregados al transportista.
En ese sentido, el Incoterm 2020 CIP es similar a CPT, aunque tiene una diferencia muy importante. Esta regla requiere que el vendedor contrate un seguro con cobertura máxima bajo las Institute of Cargo Clauses (A) o (Aérea) o similar, para el riesgo del comprador.
Además, el vendedor está obligado a entregar al comprador cualquier documento de seguro que el comprador requiera en caso de que deba reclamar en virtud de ese seguro.
Responsabilidades del vendedor en el Incoterm CIP
Las responsabilidades del vendedor en una transacción CIP incluyen:
Responsabilidades del comprador en el Incoterm CIP
Las responsabilidades del comprador en una transacción CIP incluyen:
¿Cuándo utilizar el Incoterm CIP?
El Incoterm CIP es especialmente útil en situaciones donde:
Incoterm CIP: Obligaciones del vendedor y comprador
CIP A1/B1: Obligaciones generales
A1 (Obligaciones generales) – Vendedor: En cada uno de los once Incoterms, el vendedor debe proporcionar los bienes y su factura comercial según lo requerido por el contrato de venta. Igualmente debe proporcionar cualquier otra evidencia de conformidad.
Esto puede ser un certificado de sanidad o un certificado de origen. Es decir, cualquier documentación que pueda ser relevante y que sea especificada en el contrato.
Además, en todos los Incoterms® 2020 se determina que toda la documentación puede ser en papel o en formato electrónico, incluso si no se especifica en el contrato. El problema es que los Incoterms no definen con claridad el formato electrónico.
En consecuencia se puede utilizar un formato PDF, o incluso un formato electrónico todavía no desarrollado.
B1 (Obligaciones generales)- Comprador:En todos los Incoterms es el comprador quien asume los costes de los bienes, en función de lo establecido en el contrato.
No obstante, los Incoterms no especifican en qué momento debe hacerse dicho pago.
Por lo tanto el comprador podría optar por pagar antes del envío. Pagar inmediatamente después del envío. Incluso podría hacer el pago 30 días después del envío. Tampoco se indica cómo debe realizarse ese pago.
Para evitar confusiones, todos estos detalles deben quedar claramente reflejados en el contrato.
CIP A2/B2: Entrega
A2 (entrega) – Obligaciones del vendedor: El vendedor tiene la obligación de entregar los bienes al transportista contratado. Debe hacerlo en la fecha acordada o dentro del período acordado.
Sin embargo, anteriormente existía confusión en los Incoterms® 2000 respecto al “primer operador», cuando había operadores posteriores.
En la práctica, es habitual que existan varios transportistas contratados por el transportista del vendedor. Esto incluye el transporte que recoge los productos y los lleva a la terminal del aeropuerto.
También puede ser el operador de carga contratado por la aerolínea para mover los productos al avión y cargarlos en él. Incluso la propia aerolínea y la repetición de estos en el otro extremo.
Sin embargo, el transportista contratado para mover la mercancía desde el punto de entrega hasta el destino, es el que más importa.
Lo fundamental es que la entrega se lleva a cabo cuando el vendedor pasa las mercancías a su transportista, no cuando los bienes llegan a su destino.
B2 (entrega)- Obligaciones del comprador: Además de recibir la mercancía cuando se la han entregado al transportista del vendedor, el comprador también debe recibirla físicamente. Lo debe hacer en el lugar destinado o en el lugar de destino.
CIP A3/B3: Transferencia de riesgo
A3 (Transferencia de riesgo)- Vendedor: En todos los Incoterms el vendedor asume cualquier riesgo de pérdida o daño de los bienes hasta que se hayan entregado de acuerdo con descrito anteriormente en A2.
No será así cuando la pérdida o el daño se produzcan en las circunstancias descritas en B3, que además varía en función del rol del comprador en A2.
B3 (Transferencia de riesgo) – Comprador:Una vez que el vendedor entrega la mercancía como se describe en A2, el comprador asume todos los riesgos de pérdida o daño.
Además, si el comprador no informa al vendedor el momento en que despacha la mercancía, el comprador asume el riesgo de pérdida o daño.
CIP A4/B4: Transporte
A4 (transporte)- Vendedor: Si se trata de una venta en cadena, el vendedor debe contratar el transporte de la mercancía. De hacerlo, el contrato debe especificar el lugar de entrega, y todo debe hacerse en términos habituales.
Debido a que el vendedor organiza el transporte, tiene que saber si existe un lugar específico en el sitio de destino al que deban transportarse los bienes.
Si no hay tal lugar, es decisión del vendedor seleccionar el punto de entrega que mejor satisfaga su propósito.
Además, cuando la entrega en el destino ocurre luego que el comprador cumple con todas las formalidades de importación, el costo de almacenamiento es para el comprador. Pero esto solo aplica cuando el vendedor le proporcione a tiempo todos los documentos necesarios.
El vendedor también debe cumplir con los requisitos de seguridad relacionados con el transporte durante todo el trayecto hasta el destino.
A4 (transporte)- Comprador: No existe obligación del comprador con el vendedor de contratar un transportista.
CIP A5/B5: Seguro
A5 (seguro) – Vendedor: El vendedor debe contratar un seguro asumiendo el costo, para cubrir los riesgos del comprador. La cobertura debe ser la que proporcionan las Cláusulas de Carga del Instituto LMA / IUA (A) o similar.
Sin embargo, todo dependerá del modo de transporte utilizado, ya que cubre cualquier tipo de riesgos con exclusiones específicas.
El comprador asumirá el costo de una cobertura adicional si la solicita al vendedor. Lo anterior dependerá del modo de transporte, con excepción de que dicha cobertura ya esté incluida.
En cuanto al importe del seguro, debe ser por lo menos 110% del valor de la factura. También debe estar en la divisa de la factura y contrato. La cobertura debe proteger durante el traslado desde el punto de entrega descrito en A2, hasta el lugar de destino.
Por otra parte, el vendedor debe entregar al comprador un contrato individual, donde se especifiquen los detalles del envío. De esta manera el comprador, o cualquier persona interesada en asegurar la mercancía, puedan reclamar a la aseguradora.
Si lo solicita al vendedor, el comprador asumirá los costes y los riesgos de un seguro adicional. .
B5 (seguro) – Comprador: El comprador no tiene obligación con el vendedor de asegurar la mercancía. Incluso entendiendo que el comprador tiene riesgo de pérdida o daño.
A pesar de esto, el comprador debe proporcionar al vendedor toda la información que necesite para contratar un seguro adicional. Siempre y cuando el vendedor lo solicite.
CIP A6/B6: Entrega / transporte y Documento
A6 (Documento de entrega / transporte) – Vendedor: El vendedor debe proporcionar al comprador la documentación de transporte habitual para el transporte contratado en A4.
Como CPT y el Incoterm 2020 CIP cubren cualquier modalidad de transporte, la forma que tome ese documento de transporte dependerá de los modos utilizados. Si los modos incluyen el transporte marítimo, como en las transacciones de FCL o LCL, entonces es habitual que el vendedor obtenga una factura de embarque.
Además, si la factura se emite en forma negociable y en varios originales, entonces se debe presentar al comprador todos estos documentos originales. Se puede hacer a través del banco del vendedor al banco del comprador mediante una carta de crédito.
Si la modalidad de transporte incluye las mercancías que se transportan por vía aérea, generalmente se emitirá una guía aérea. En caso de que se solicite, el vendedor recibirá un «original para el remitente».
Sin embargo, este no es un documento de transporte negociable. El envío por camión puede implicar la emisión de un CMR en Europa. Puede ser simplemente alguna forma de nota de envío o carta de porte del camión, los cuales tampoco son negociables.
El transporte por ferrocarril de manera similar, usualmente estará cubierto por alguna forma de nota de envío ferroviario que igualmente no es negociable.
No solo eso, el documento de transporte debe cubrir el traslado de la mercancía contratado dentro del período acordado para el envío. Si se acuerda, este documento debe permitir al comprador reclamar la mercancía del transportista en el lugar de destino designado.
Y si se trata de una venta en cadena, también debe permitir al comprador vender la mercancía en tránsito a un comprador posterior transfiriendo ese documento. Esto generalmente sería en forma de una factura de embarque negociable.
B6 (Documento de entrega / transporte) – Comprador: Si está de acuerdo con lo establecido en el contrato, el comprador debe aceptar el documento de transporte que proporciona el vendedor.
CIP A7/B7: Despacho de exportación / importación
A7 (despacho de exportación / importación) – Vendedor: Siempre que corresponda, el vendedor debe, asumiendo el riesgo y los gastos, llevar a cabo todos los trámites de despacho de exportación que requiera el país de exportación. Estos incluyen, licencias, autorización de seguridad para exportación, inspección de pre-envío, entre otros.
Sin embargo, el vendedor no está obligado a gestionar ninguna autorización de tránsito o importación. Pero si el comprado lo solicita, asumiendo riesgos y costes, el vendedor debe proporcionar la documentación necesaria para las formalidades que se requieran.
B7 (Liquidación de exportación / importación) – Comprador: El comprador debe ayudar al vendedor, a solicitud, riesgo y costo del vendedor, a conseguir cualquier información o documentación requerida para la exportación.
Por su parte, el comprador debe pagar y realizar todas las formalidades que se requieran en el país de tránsito e importación. Esto incluye tanto licencias, como permisos para el tránsito.
Todo lo anterior es responsabilidad del comprador ya que ocurren después de que el vendedor entrega la mercancía.
Como aclaración, el vendedor es responsable si se trata de un requisito del país de exportación. Por el contrario, si es un requisito del país de tránsito o importación, el responsable es el comprador.
CIP A8/B8: Comprobación/Embalaje y Marcado
A8 (Comprobación / Embalaje / Marcado) – Comprador: En todos los Incoterms, el vendedor asume los costes de cualquier operación de verificación necesaria para la entrega de la mercancía. Esto incluye verificar la calidad, así como medir los bienes, incluso pesarlos, empacarlos y contabilizarlos.
El vendedor también es responsable de empaquetar la mercancía asumiendo el costo. Esto claro a menos que se trata de una mercancía que se vende sin embalaje, como los productos a granel.
Asimismo, el vendedor debe considerar el transporte de la mercancía, así como su correcto empaquetado. Solo en caso que ambas partes hayan acordado en el contrato que la mercancía deba ser empaquetada o marcada de manera específica.
B8 (Comprobación / Embalaje / Marcado) – Vendedor: En todos los Incoterms 2020, el comprador no tiene obligación con el vendedor respecto al empaquetado y marcado de la mercancía. Sin embargo es normal que se acuerden excepciones, principalmente cuando el comprador proporciona al vendedor logotipos o etiquetas.
CIP A9/B9: Asignación de costes
A9 (Asignación de costes) – Comprador: En el caso del incoterm 2020 CIP el vendedor asume todos los costes hasta que la mercancía sea entregada bajo los términos descritos en A2.
Además, los costes que resulten el contrato de transporte, incluyendo los costes de cargar la mercancía, así como cualquier otra garantía relacionada con el transporte. Deben ser cubiertos por el vendedor.
Incluso, los gastos de proporcionar al comprador la prueba de que la mercancía ha sido entregada, también son asumidos por el vendedor.
Si en el contrato de transporte se especifica la descarga en el destino acordado, el vendedor también debe pagarlos. Del mismo modo, cualquier costo de tránsito que se incluya en dicho contrato, igualmente deberá ser asumido por el vendedor.
El vendedor también debe cubrir los gastos relacionados con la prueba habitual de que la mercancía ha sido entregada. Por lo tanto, si el contrato establece que dicha prueba es un documento de transporte. La tarifa del documento del transportista la paga el vendedor.
De hecho, el vendedor también tiene que pagar los gastos, aranceles, así como impuestos de exportación. Esto es cuando corresponda y que estén relacionados con el despacho de exportación. Los costes del seguro los asume el vendedor.
Y si el vendedor solicita al comprador documentación relacionada con el despacho de exportación o el seguro, el vendedor debe pagar al comprador dichos costes.
B9 (Asignación de costes) – Comprador: El comprador está obligado a pagar al vendedor los costes relacionados con la mercancía, a partir del momento en que se entrega. Estos costes son distintos de los que tiene que pagar el vendedor.
Si el comprador solicita apoyo al vendedor para gestionar los trámites de importación, el comprador está obligado a reembolsar estos costes al vendedor.
Además, el comprado también debe asumir los costes de aranceles, impuestos, así como otros gastos para el despacho de importación.
Igualmente, el comprador tiene que pagar los costes de descarga, a menos que el vendedor los haya pagado, en base al contrato de transporte.
De la misma manera, el comprador paga los costes del país de tránsito, a menos que el vendedor ya los haya pagado, en virtud de lo especificado en el contrato de transporte.
CIP A10/B10: Avisos
A10 (Avisos) – Vendedor: El vendedor está obligado a notificar al comprador respecto a la entrega de la mercancía como se describe en A2. También debe dar cualquier aviso que el comprador requiera para recibir la mercancía.
La manera en que se hace esto se establece claramente en el contrato. Es decir, puede ser a través de un correo electrónico, o copias de documentos enviados por correo electrónico.
B10 (Avisos) – Comprador: Si está acordado en el contrato que el comprador tiene derecho a determinar el tiempo para que el vendedor entregue la mercancía. El comprador debe notificar al vendedor con suficiente tiempo.
En el contrato usualmente se especifica cuánto tiempo se debe dar, lo cual puede variar en función de la modalidad de transporte.
Ventajas y desventajas del Incoterm CIP
A continuación, se presentan algunas ventajas y desventajas de utilizar el Incoterm CIP en una transacción comercial.
Ventajas del Incoterm CIP
Desventajas del Incoterm CIP
Alternativas al Incoterm CIP
Existen varias alternativas al Incoterm CIP que pueden ser más apropiadas dependiendo de las circunstancias específicas de la transacción. Algunas de estas alternativas incluyen:
Conclusión
El Incoterm CIP es una opción útil en transacciones comerciales que involucren cualquier modo de transporte, ya que permite al vendedor asumir la responsabilidad de organizar y pagar el transporte y el seguro de transporte hasta un punto específico en el país de destino. Sin embargo, es importante evaluar las necesidades específicas de cada transacción y considerar otras alternativas si el CIP no es la opción más adecuada.
Aviso legal: Incoterms® es una marca registrada de la Cámara de Comercio Internacional. Las descripciones de los reglamentos de los Incoterms® no son definitivas, pero son nuestra interpretación y se han creado con la máxima diligencia posible y de buena fe. Si usted está utilizando los Incoterms® en sus transacciones debe comprar la última edición de las regulaciones de los Incoterms®.