Una de las dudas que suscita la internacionalización de una marca es si debemos registrarla en el país o países en cuyo mercados pretendemos introducir nuestros productos o servicios o, si es suficiente con tenerla registrada en nuestro país origen. ¿Te habías planteado esta duda alguna vez?
Pues bien, cuando decidimos introducir nuestro producto en el mercado de un país extranjero es de vital importancia solicitar el registro de la marca, y no me refiero a solicitar el registro en nuestro país, que también (una vez decidimos iniciarnos en la internacionalización se supone que la marca española debe estar ya registrada o por lo menos solicitada), pero es importantísimo solicitarlo en el país de destino.
Internacionalización de una marca: ¿Dónde registrar la marca?
Existen diferencias entre entre marca española, marca comunitaria y marca internacional. Cuando registramos una marca española, ésta producirá sus efectos sólo y exclusivamente en el territorio español. Es decir, si en Francia solicitan el registro de una marca idéntica a la mía y para las mismas clases no podré oponerme, puesto que se trata de registros nacionales diferentes.
Cosa distinta es si, teniendo mi marca registrada en España, una empresa francesa solicita el registro de una marca comunitaria idéntica a la mía y para las mismas clases, que es algo a lo que si podríamos oponernos, puesto que la marca comunitaria ejerce su efectividad en los 28 estados miembros de la Unión Europea, y la marca española constituye un derecho anterior.
La marca comunitaria, como he comentado, es un tipo de marca que goza de protección en los 28 estados miembro de la UE. Este sistema resulta muy atractivo, ya que con un solo trámite y con un solo pago de tasas, podemos obtener la protección de una marca en todo el territorio de la UE.
El Sistema de Madrid para el registro de marcas internacionales
Por otro lado, encontramos la marca internacional. No es una marca que tenga validez en todos los estados del mundo, sino que es una marca que va a gozar de protección en los países que formen parte del “Sistema de Madrid” (1891) que actualmente ascienden a ochenta países.
La marca internacional se encuadra en un sistema de registro de marcas para países que están integrados en el Sistema de Madrid, y comprende dos tratados internacionales, el Arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid.
Al margen de estos sistemas, podemos proceder perfectamente y sin ningún tipo de problema a registrar la marca estado por estado, pero probablemente nos suponga un mayor coste.
Más allá del registro de marca
Las diferencias culturales entre países, incluso entre los de la misma Unión Europea son notables, sobre todo en cuanto al idioma y a la cultura.
A la hora de internacionalizar un producto es necesario que la empresa en su conjunto se adapte al plano internacional, cuando hablamos del conjunto de la empresa nos referimos a su estructura, a su gestión, a su organización, a sus empleados, y por supuesto, al marketing y a la propia marca.
Debemos tener presente que la marca va a actuar como un nexo entre el producto y el consumidor, ya que es la que va a hacer que el consumidor identifique el elemento diferenciador del producto y que quiera ese y no otro.
Por ello debemos tener una especial precaución con la internacionalización de una marca, por ejemplo el nombre, o incluso el logo de la marca puede significar algo «diferente» en el país del mercado de destino.
En ocasiones un descuido en este aspecto resulta objeto de burlas o mofas, y en otros el descuido puede incurrir en mayor gravedad, puesto que puede llegar a causar ofensas, y por consiguiente, arruinar la internacionalización de una marca.
Por último, esta redacción recomienda encarecidamente a todos los interesados/as en internacionalizar su marca que se alíen con un buen gabinete legal que les brinde soporte y una solución a medida.